HERENCIAS Y LEGADOS
Hacer TESTAMENTO no es obligatorio. Sin embargo, es aconsejable para salvaguardar los intereses de tus seres queridos y garantizar tu derecho a decidir cómo repartir tu patrimonio. En caso contrario, será el Estado quien decidirá sobre tus bienes, sin contar con tu voluntad. La legislación española permite dejar bienes y derechos a personas o fines concretos para ayudar a determinados colectivos y organizaciones sin ánimo de lucro con fines sociales.
Si deseas colaborar con nuestro proyecto, puedes designar a Fundación Ademo en tu testamento como heredera o legataria de dinero, bienes (inmueble, finca, terreno, etcétera) o derechos. No perjudica tu deseo de repartir bienes entre tus familiares y a la vez puedes apoyar a personas vulnerables. Es un gesto que siempre te agradecerán y que dirá mucho de tu compromiso con las personas con discapacidad intelectual y sus familias.
Puedes hacerlo de dos maneras:
- Nombrando a Fundación Ademo heredera de parte de sus bienes o de todo, salvaguardando, si existieran, los derechos de los legitimarios: hijos, padres, etc.
- Dejando a Fundación Ademo un legado, es decir, un bien o derecho concreto.
Solo tendrás que facilitar al notario la siguiente información:
- Fundación ADEMO
- CIF G-82047879
- Domicilio social: C/Hacienda de Pavones, 328, 28030- MADRID
Para aclarar dudas o ampliar información puedes contactar con nosotros en proyectos@fundacionademo.org

CONTACTO
Abel Manzanares, Responsable de Programas y Proyectos
proyectos@fundacionademo.org
91.772.35.00 C/ Hacienda de Pavones 328, 28030. MADRID